A well oriented but insufficient legal reform

Una reforma bien orientada, pero insuficiente

 

El reclamo por la democratización de la Justicia comenzó hace mucho tiempo, impulsado en gran medida por las organizaciones de la sociedad civil. Si bien estos proyectos de ley apuntan en el sentido correcto, son demasiado superficiales como para poder resolver los graves problemas del Poder Judicial. Sin establecer la oralidad de todos los fueros e instancias y sin reformar estructuralmente el Código Procesal Penal de la Nación, va a ser imposible lograr una verdadera democratización de la Justicia.

Con respecto a los cambios en el Consejo de la Magistratura, si realmente se quiere asegurar la participación popular en la administración de justicia la verdadera forma de hacerlo es instaurando el juicio por jurados, exigido por la Constitución Nacional desde hace más de 150 años. Al margen de las discusiones sobre esta institución, es indudable que el juicio por jurados es lo más opuesto que existe al sistema inquisitivo que tenemos actualmente, el cual genera –y/o agrava– muchos de los vicios de nuestra Justicia: lentitud, burocracia, ineficiencia, alejamiento de la sociedad, etc. Hasta que no se respete lo que dice la Constitución sobre el juicio por jurados, no va a existir un Poder Judicial realmente democrático.

El ingreso por examen al Poder Judicial es un requisito democrático indispensable, que además debe complementarse –entre otras cosas– con una formación adecuada. Incluso las universidades más prestigiosas de nuestro país suelen formar a los estudiantes preparándolos para ser una pieza más de un sistema burocrático e ineficiente, donde se pierde conciencia del conflicto social que hay detrás de cada caso. La forma en que se desempeñen los futuros operadores judiciales será, en gran parte, reflejo de aquello que les hayan enseñado. Eso se ve con claridad en la orientación penal, donde prácticamente no se estudian los delitos que producen mayor daño social: criminalidad económica, corrupción, delitos medioambientales, narcotráfico, etc.

En cuanto al registro público de causas, la idea de garantizar el acceso a la información es muy positiva, porque es una de las formas de permitir el control popular de los actos de gobierno. Sin embargo, esto tiene que profundizarse con otras medidas: por ejemplo, tiene que permitirse sin restricciones la participación de organizaciones de la sociedad civil en temas de interés público, que actualmente se admite solo en algunos casos.

La publicidad de las declaraciones juradas de cualquier funcionario público es fundamental, pero no resulta suficiente si se tiene en cuenta que actualmente el organismo de control encargado de analizar esas declaraciones (la Oficina Anticorrupción) desempeña su tarea de una manera ineficiente. La OA no ha realizado convenios con otros organismos públicos para acceder a sus bases de datos, por lo que no cuenta con la información necesaria para poder analizar las declaraciones juradas y detectar hechos de corrupción. Por eso, al requisito de publicidad de las declaraciones juradas debe agregarse una modificación estructural del trabajo de la Oficina Anticorrupción, para que se logre una persecución eficaz de estos delitos.

Respecto a las nuevas Cámaras de Casación, la solución para reducir la lentitud de la Justicia no consiste en crear más tribunales. Lo necesario es establecer la oralidad en todos los fueros e instancias, garantizando la transparencia y la publicidad de todos los procesos. A esto hay que sumar una reforma del sistema recursivo: hay salas de la Cámara de Casación que demoran en promedio 3 años y medio para resolver los recursos en casos de corrupción, lo que demora notablemente el trámite de las causas.

Por último, la preocupación por la duración de las medidas cautelares no hace más que evidenciar el problema de fondo: la duración de los procesos en general (y particularmente, los procesos penales). La forma de atacar este problema de raíz es a través de una reforma procesal; de lo contrario, va a ser imposible agilizar el trámite de las causas. Por eso es que el Código Procesal Penal de la Nación es uno de los principales puntos que deben ser reformados para lograr una Justicia deje de presentar demoras vergonzosas, tales como los 14 años de promedio de duración que tienen las causas por corrupción. Un ejemplo de esto es el caso Alsogaray: este año se cumplen dos décadas desde que se inició la causa por enriquecimiento ilícito, y sin embargo aún no se ha decidido el destino de los más de tres millones de pesos decomisados. 

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