Causas por corrupción
Caso: Alsogaray, María Julias/ negociaciones incompatibles (Plan Manejo del Fuego)

Causa
Expte: 
1086
Fuero: 
Federal
Jurisdiccion: 
Capital federal
Juzgados: 
Tribunal Oral en lo Criminal Federal 6
Fiscalias: 
Fiscalía General nº 6 ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal
Organismos de control: 
OA
Delitos: 
Negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas
Situacion procesal: 
Procesado
Situacion procesal: 
Sobreseído
Situacion procesal: 
Sobreseído
Situacion procesal: 
Sobreseído
Detalles causa
Monto perjuicio: 
AR$: 
158000
Etapa proceso: 
Juicio oral
Fecha denuncia: 
Thursday, 22 March 2001
Fecha hecho: 
Monday, 30 September 1996 to Friday, 20 December 1996
Fecha cierre causa: 
Friday, 3 May 2013
El caso

Durante el gobierno de Carlos Menem, María Julia Alsogaray ejerció como secretaria de Recursos Naturales. Durante el desempeño de ese cargo se interesó en las contrataciones directas de “AB Difusión S.A.” y de sus socios: Carlos Alberto Azzaritti, Ricardo Ruben Morini y rolando Oscar Baro, indicando diversas irregularidades ocurridas en varios contratos de la Secretaría de Recursos Naturales y afirmó la existencia de razones de urgencia que la legislación vigente requería para efectuar las contrataciones directas.

El 3 de mayo de 2013, el Tribunal Oral sobreseyó a Alsogaray, considerando que la causa se encontraba prescripta (por el tiempo que había transcurrido desde la citación a juicio). El Ministerio Público Fiscal y la Oficina Anticorrupción -querellante- apelaron esa resolución, presentando cada uno un recurso de casación.

Un año después, el 24 de abril de 2014, la Sala IV de Casación revocó ese sobreseimiento, entendiendo que la causa no había prescripto, y ordenó la realización del juicio oral.

 

Fragmento de la sentencia del Tribunal Oral:

"Este proceso tiene inicio en la denuncia formulada, 22 de marzo de 2001, por el entonces Director de Investigaciones de la Oficina Anticorrupción(cf. fs. 1/8) y, tras el trámite instructorio correspondiente, el 28 de agosto de 2002 se dispuso citar a María Julia Alsogaray, conforme las disposiciones del art. 294 del Código Procesal Penal de la Nación, momento en el que se le atribuyó que, en su carácter de titular de la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente Humanos Nacional, había adjudicado, mediante la resolución nro. 786 del 20 de diciembre de 1996 la contratación de servicios de creatividad para la Campaña de Concientización “Plan Manejo del Fuego” a la firma de “Ab Difusion S.A.” por la suma de 98.000 pesos. 

También se reprochó a la imputada, ejerciendo aquellas funciones el haber cohonestado mediante la resolución nro. 663 de fecha 11 de noviembre de 1996 todos los términos de los contratos celebrados por la Dirección Técnica Administrativa de la Secretaría a su cargo con Rolando Baro, Ricardo Morini y Carlos Azzaritti respectivamente para las prestaciones de servicios de publicidad conforme el objetivo establecido en cada contratación en particular, ratificando así los convenios celebrados el 30 de septiembre de 1996 que preveían una duración de dos meses a partir del 1 de octubre del mismo año. 

Se le enrostró, en concreto que se habría interesado en las cuatro contrataciones arriba mencionadas, y habría obligado abusivamente a la Secretaría a su cargo a realizarlas, causando un perjuicio patrimonial a dicha entidad, obteniendo con ello un lucro presuntamente indebido, todo ello conforme la declaración del 11 de septiembre de 2002 (cfr. Fs. 140/147). 

El 16 de marzo de 2005, el Sr. Fiscal de Instrucción requirió la elevación de la presente causa a juicio imputándole a María Julia Alsogaray el ilícito previsto y reprimido en el art. 265 del Código Penal de la Nación mientras que el 22 de abril del mismo año el Sr. Juez de Instrucción dispuso la clausura de la investigación respecto de la nombrada y elevó las presentes actuaciones a la etapa oral (cfr. Fs. 774/789 y 821/827)y recibidas en esta sede con fecha 1º de junio de 2005 (cfr. fs. 883). 

El 9 de abril de 2007 este Tribunal dispuso la citación a juicio de las partes conforme las prescripciones del art. 354 del código de forma (cfr. Fs. 954), dictándose el correspondiente auto de admisibilidad el 17 de diciembre de 2007 en el que se dispuso la realización de medidas de prueba cuya producción concluyó el 10 de marzo de 2008. 

Parecería que, desde que llegaron estos obrados a esta sede, hasta el momento de la celebración de la audiencia de debate cuyo inicio tuvo lugar el 13 de marzo próximo pasado, habrían caído en una suerte de letargo procesal a lo largo de varios años".

Fragmento de una nota publicada por el diario La Nación en oportunidad de que la Cámara de Apelaciones confirmara la prisión preventiva de Alsogaray:

"Los camaristas Horacio Cattani, Eduardo Luraschi y Martín Irurzun indicaron que, de hecho, el concepto "temporada" alude a "una perioricidad cíclica incompatible con la idea de ´circunstancias imprevistas´".

Los camaristas destacaron, además, que no se notificó a la Sindicatura General de la Nación (Sigen) para el control de los precios testigo y expresaron que la elección de la empresa AB Difusión S.A. y de Morini, Azzariti y Baro "fue caprichosa y con ánimo de beneficiar a los nombrados".

El tribunal consideró que Alsogaray "se interesó" en las negociaciones cuestionadas y que se habrían desdoblado los contratos porque un solo convenio, por su monto -158.000 pesos- hubiera excedido el tope legal que posibilita sortear el proceso de licitación pública.

Un informe de la Sigen consignó que "existió un desdoblamiento de contrataciones que debieron tramitarse en una sola" y mediante las prescripciones legales que establece la licitación pública para los casos de montos superiores a los 100.000 pesos.

"Los elementos obrantes en la causa -agregaron los camaristas- permiten sobradamente sostener el procesamiento dictado respecto de Alsogaray, más allá de la responsabilidad que en los hechos pueda haberle cabido a otras personas".

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Link de la nota citada: http://www.lanacion.com.ar/668206-confirman-la-prision-preventiva-de-maria-julia-alsogaray

Link de la nota publicada en el Centro de Información Judicial, con el fallo que sobresee a Alsogaray: http://www.cij.gov.ar/nota-11337-Difundieron-los-fundamentos-del-fallo-que-sobresey--en-un-juicio-oral-a-Mar-a-Julia-Alsogaray.html

Adjuntos

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