Causas por corrupción
Caso: Arribas, Gustavo Héctor s/ averiguación de delito

Causa
Expte: 
439/2017/2/CFC1
Fuero: 
Federal
Jurisdiccion: 
Capital federal
Juzgados: 
Juzgado Criminal y Correccional Federal Nro. 6
Fiscalias: 
Fiscalía Nº 6 en lo Criminal Correccional Federal
Procuraduría de Investigaciones Administrativas
Delitos: 
Lavado de dinero
Situacion procesal: 
Sobreseído
Empresas: 
Detalles causa
Monto perjuicio: 
U$S: 
600000
Etapa proceso: 
Finalizado
Fecha denuncia: 
Wednesday, 11 January 2017
Fecha cierre causa: 
Monday, 1 May 2017
El caso

La causa se inicia por una denuncia realizada por la Dra. Elisa María A. Carrió el día 11 de Enero de 2017. La misma daba noticia y solicitaba la investigación de los hechos expuestos en una nota de autoría del periodista de La Nación, Hugo Alconada Mon, titulada “Un operador de Odebretch le giró U$600.000 al jefe de inteligencia Argentino”.

Dicha nota se relaciona con la célebre causa Lava Jato en la cual la empresa constructora oriunda de Brasil Odebretch habría tendido una red de dádivas, devoluciones, sobornos, etc. para asegurarse licitaciones públicas y grandes contratos en más de 40 paises. En el marco de dicha investigación y frente a la presión de la Justicia de Estados Unidos, Leonardo Meirelles declaró haber pagado sobornos por más de U$ 35.000.000 en Argentina solamente.

Meirelles, operador bursátil de profesión, habría declarado que dentro de  las “coimas” pagadas a funcionarios y allegados de la República Argentina, entre el 25 y 27 de Septiembre de 2013 habría girado a través de una compañía ficticia en Hong Kong hacia Suiza, la suma de U$594.518 a Gustavo Arribas, íntimo amigo del por entonces Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y hoy Presidente de la República Argentina, Mauricio Macri, por la adjudicación de las obras de soterramiento del Ferrocarril Sarmiento.

Gustavo Arribas en su momento expuso que de las cinco transferencias denunciadas, sólo una era real. En un comunicado de prensa había adjudicado dicha transferencia por U$70.495 a la venta de un departamento en la ciudad de San Pablo. Sin embargo, al asistir a la Comisión Bicameral de Fiscalización de Organismos y Actividades de Inteligencia, cambió su explicación y sostuvo que el dinero fue producto de la venta de los muebles y los cuadros que estaban dentro de esa propiedad. Las reuniones de esta Comisión Bicameral fueron secretas, cuando en realidad deberían haber sido abiertas a todo público, ya que no se discutían cuestiones vinculadas a los organismos y actividades de inteligencia sino inconsistencias patrimoniales del actual titular de la Agencia Federal de Inteligencia.

La Unidad de Información Financiera presentó un escrito en la causa sosteniendo que "en el marco de las tareas de inteligencia financiera desarrolladas por esta Unidad a nivel internacional se ha obtenido información que confirma que la única transacción de las mencionadas en su oficio [el del juez] que se registra en la cuenta CH8304835037364552000 del Credit Suisse (Zurich) a nombre de Gustavo Héctor Arribas resulta ser la de fecha 26/09/2013 por la suma de USD 70.475,00 cuyo ordenante es RFY Import Export Limited, Shangai, China. La inteligencia reciida indica que no se encontró ninguna información con relación a las restantes cuatro transacciones".

Los exhortos que pidió el fiscal Delgado no se concretaron, como tampoco la citación a Meirelles para que declare como testigo.

El Juez Canicoba Corral dictó el sobreseimiento de Arribas el 31 de Marzo de 2017 argumentando la “falta de acción” ya Arribas al momento de recibirse el (o los) pagos, no era funcionario público.

Dicho sobreseimiento fue recurrido por el fiscal el 1 de Mayo de 2017 ante la Sala 1 de la Cámara de Apelaciones Criminal y Correccional Federal, la cual lo tuvo por desistido. A su vez, el Fiscal General interinamente a cargo de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas Dr. Santiago Eyeherabide interpuso el recurso de casación pretendiendo la nulidad de la resolución que tuvo por desistido el recurso de apelación, el cual fue declarado inadmisible por los Dres. Eduardo Rafael Riggi, Juan Carlos Gemignani y Angela Esther Ledesma.

Adjuntos

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