Juan A. Etchebarne (former NEC president) is being processed

Procesan a Juan A. Etchebarne (ex Presidente de la CNV)

 

El 12 de julio de 2013, El Juzgado Criminal Y Correccional Federal 3, a cargo del juez federal Rafecas, decretó el procesamiento con prisión preventiva de Etchebarne  (ex presidente de la Comisión Nacional de Valores) por considerarlo cómplice necesario prima facie responsable del delito de privación ilegal de la libertad agravada por mediar violencia o amenazas, reiteradas en veintitrés (23) ocasiones, de las cuales diecisiete (17) se encuentran agravadas por su duración.

Entre los años 1976 y 1978, en la provincia de Buenos Aires, se encontraba en funcionamiento el Centro Clandestino de Detención y Tortura que dependía del Comando del Primer Cuerpo del Ejército, situado en la Cárcel de Encausados o Prisión Militar de Campo de Mayo. En aquel lugar se llevaba a cabo un secuestro masivo y organizado de personas con aplicación de torturas físicas o sometimiento a pautas de cautiverio infrahumanas, desapariciones y homicidios. La finalidad era cumplir con el plan sistemático de represión ilegal que el gobierno de facto había impuesto, estableciendo como procedimiento la desaparición del cuerpo de la víctima y rastros de su muerte para asegurar la impunidad de dichas acciones criminales.

El carácter cívico-militar se vio reflejado en el golpe, y el componente político-económico trazó los objetivos y necesidades de aquél gobierno; “[l]a dictadura militar buscó instaurar un proyecto político, social y económico en beneficio de los sectores dominantes y de subordinación de los sectores populares” -cfr. Política económica de la dictadura. María Teresa Piñero; http://www.derhuman.jus.gov.ar/conti/2011/10/mesa 1/pinero mesa_1.pdf ” (pág. 23 de la sentencia). La preocupación del gobierno de facto era desarticular las instituciones del país, la estructura gremial - sindical, el gobierno constitucional y la organización económica. La persecución de determinadas personas aparece en este contexto.

La estructura burocrática y funcional de los centros clandestinos hizo coexistir a policías, gendarmes, militares, penitenciarios e incluso personal civil, cada uno con roles específicos dentro del plan sistemático de represión ilegal. El contenido económico de estos delitos se hace manifiesto al observar que “gran parte de las piezas procesales que conforman el plexo probatorio de autos son relativas a las distintas operaciones de Juan Claudio Chavanne, las empresas y personas a él vinculadas, el Banco de Hurlingham –de la familia Graiver- e Industrias Siderúrgicas Grassi S.A., todas ellas tildadas de sospecha por la Comisión Nacional de Valores, el ‘Equipo de Trabajo’ del Primer Cuerpo de Ejército y, en un primer momento, la Justicia Federal”

En efecto, en Junio de 1976, se dio a conocer el “Acta para considerar la conducta de aquellas personas responsables de ocasionar perjuicios a los superiores interés es de la Nación” -ADLA XXXVI-C, 1975-, cuyo artículo segundo imponía sanciones a personas que no podían justificar la legitimidad de la adquisición de bienes, perdiendo la administración y disposición de ellos, como así también el ejercicio de la profesión. Con este artículo y un acta complementaria, se determinó el destino de aquellos bienes cuya legítima adquisición no se justificara.

Etchebarne, en aquel momento presidente de la Comisión Nacional de Valores, fue quien se encargó de denunciar los hechos constitutivos de presunta “subversión económica” al Comandante del Primer Cuerpo de Ejército, dando origen a persecuciones y a la puesta en marcha de los hechos criminales. Etchebarne era quien proporcionaba nombres de directivos de firmas empresariales y de personas vinculadas para el llamado “Grupo de Tareas”, que se encargó de las amenazas y persecuciones respectivas. Todo esto sin perjuicio que Etchebarne participara de las investigaciones ilegales y de los interrogatorios ilegítimos.

Indudablemente las “actividades previas de Etchebarne contra los grupos económicos involucrados, con intervención personal en las investigaciones, la formulación de una denuncia paralela ante la Justicia Federal y las autoridades militares encargadas del accionar represivo clandestino e ilegal en el marco de denuncias cruzadas con las víctimas –ante la FNIA y en medios de comunicación-, la secreta designación de los peritos durante el despliegue del accionar ilegal, las pruebas que darían cuenta de la presencia del imputado durante el interrogatorio formulado a uno de los detenidos y el posterior blanqueo de las actividades en comisión de los peritos, ya cuando las detenciones habían sido legalizadas, conforman un cuadro convictico que permite afirmar que realizó un aporte sin el cual el hecho no habría podido cometerse, siendo cómplice necesario concretados por el personal militar del Primer Cuerpo de Ejército” (pág. 397 de la sentencia).

Indiscutiblemente, el tribunal consideró acreditado el grado de certeza que el estadio procesal requiere, confirmando la intervención de Etchebarne en calidad de cómplice necesario en la privación ilegal de la libertad de personas, agravada por el uso de violencia o amenazas, ocurridas entre septiembre y diciembre de 1978. De veintiocho (28) casos que trata el actual fallo, fue sobreseído en cinco (5), que por ser tramitados durante la vigencia de leyes de impunidad se consideraron casos prescriptos. Además, se mandó a trabar embargo sobre bienes o dinero de su propiedad hasta cubrir la suma de seiscientos noventa mil pesos ($690.000).

Junto con Etchebarne, el fallo procesa a tres represores: Francisco Obdulio D´Alessandri (Coronel retirado del Ejército Argentino), Victor Enrique Rei (Comandante Mayor retirado de la Gendarmería Nacional Argentina), y Raúl Antonio Guglielminetti (ex. Agente Civil de Inteligencia del Ejército Argentino).

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