Durante el mandato del ex presidente Carlos Saúl Menem, María Julia Alsogaray ejerció como liquidadora de Entel y Secretaria de Recursos Humanos y Desarrollo Sustentable. En 1993, fue denunciada por enriquecimiento ilícito. Según valuaciones posteriores hechas por la Fiscalía interviniente, el incremento patrimonial no justificado superó los 4 millones de pesos (valor que hoy en día se encuentra desactualizado).
En 2004 (21/5/2004), el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Federal nº4 condenó a Alsogaray a 3 años de prisión (21 meses ya habían sido cumplidos mediante la prisión preventiva) e inhabilitación absoluta por el plazo de 6 años para ejercer cargos públicos. Además, ordenó el decomiso de U$S 500.000 y $622.000 (suma menor a la reclamada por la Fiscalía y el CIPCE).
En 2008 (22/12/08), la Corte Suprema de Justicia confirmó esta sentencia, al no conceder un recurso planteado por la condenada. De esta forma, la condena quedó firme.
En 2009 (11/11/2009) se efectuó el decomiso de aproximadamente $3.200.000, mediante el remate de un petit hotel propiedad de Alsogaray, ubicado en la zona de Recoleta.
Actuación del Cipce:
En 2004, el CIPCE se presentó en la causa como amicus curiae (amigo del tribunal), con el fin de colaborar en la resolución del caso. Nos enfocamos fundamentalmente en lograr la reparación del daño causado a la sociedad, mediante el decomiso del dinero proveniente del delito y su posterior entrega social. En este sentido, propusimos que esta suma se destinara al Hospital Garrahan.
En 2010 (23/11/2010), la secretaría administrativa de la Corte Suprema de Justicia rechazó nuestro pedido, al cual habían adherido varias organizaciones de la sociedad civil. En una resolución de media carilla, argumentaron que los bienes decomisados pertenecen a los recursos propios del Poder Judicial y por lo tanto no deben ser reintegrados a la sociedad.
Frente a esto, presentamos un recurso de reconsideración ante la Corte (28/12/10), solicitando que revean su decisión y utilicen el dinero para resarcir a los principales afectados por este trascendental caso de corrupción.
El 6 de agosto de 2013, luego de casi tres años, la Corte rechazó nuestro pedido, dando por cerrado el caso. En su resolución, los jueces sostienen que asignar este dinero a un hospital público constituye una liberalidad que no están autorizados a realizar, y que esta transferencia sin cargo de fondos públicos a terceros iría en contra de las normas que garantizan el financiamiento del Poder Judicial: http://www.cipce.org.ar/index.php?sec=progtransp&id=28
Pago de los intereses de la suma decomisada:
En abril de 2014, el Tribunal Oral nº 4 decomisó a Alsogaray $341.507,81, en concepto de intereses de la pena accesoria a la condena de 2004.
Los jueces Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Néstor Guillermo Costabel, desestimaron un pedido de la defensa en el que se pretendía declarar la prescripción de la acción relativa a la devolución de esa suma.
"La pena principal estuvo en condiciones de ejecutarse desde la media noche del día en que se notificó Alsogaray de la sentencia firme a diferencia de la pena pecuniaria impuesta, que en ese momento procesal no se encontraba en condiciones de ejecutar ya que la suma a decomisar debía ser ajustada, implicando ello la realización de innumerables medidas que dieron lugar a las correspondientes vías recursivas por parte de la defensa", sostuvo el Tribunal.
"No habiendo transcurrido a la fecha el plazo previsto que en este caso sería de tres años, teniendo en cuenta la pena de prisión impuesta en la sentencia, corresponde rechazar el planteo formulado por la defensa".
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Este caso constituyó el primer recupero de activos en hechos de corrupción en nuestro país.