Contrataciones públicas de emergencia por COVID-19

 

El pasado 24 de septiembre tuvo lugar la charla "Contrataciones públicas de emergencia por COVID-19", organizada por Centro de Estudios sobre Transparencia y Lucha contra la Corrupción. Participaron en calidad de expositores/as: Jesús Rodríguez (presidente de la Auditoría General de la Nación), Martina Cirimele (directora ejecutiva del Centro de Investigación y Prevención de la Criminalidad Económica - CIPCE) y Carlos F. Balbín (director del Centro de Estudios sobre Transparencia y Lucha contra la Corrupción). Moderó la actividad la periodista y politóloga María O' Donnell.

En primer lugar, Jesús Rodríguez expuso sobre el impacto de la crisis generada por la pandemia en el funcionamiento de las instituciones democráticas. Comenzó diciendo que “desde el primer caso de fin de febrero que hubo en la región, han sido reprogramados 12 procesos electorales. Esto genera desequilibrios institucionales, los ejecutivos recurren a medidas de excepción y se debilitan los controles”. Y puntualizó: “En nuestra región, Latinobarómetro es una institución que desde hace varios años lleva adelante sistemáticamente encuestas en toda la región. La última dice que el apoyo a la democracia en la región alcanzó su registro más bajo: el 40% desde que el año 1995 que es desde cuando se llevan adelante esos sondeos”.

Luego mencionó una declaración del 16 de septiembre la Comisión Interamericana de Derechos Humanos: “Hace un llamamiento a los gobiernos por la falta de publicidad de las contrataciones y compras públicas, por la falta de criterios claros para rendir cuentas sobre los gastos realizados y llama a los Estados a fortalecer los mecanismos de rendición de cuentas como mecanismo para combatir la corrupción y garantizar el goce y ejercicio de los derechos humanos”. Y reconoció: “Es una aproximación que yo no había visto o leído y me parece absolutamente apropiada porque siempre se discute con la dimensión económico-jurídica o de mejores prácticas de políticas públicas”.

Hacia el final, señaló que “la rendición de cuentas es una condición indispensable en esta lógica de la asociación positiva entre instituciones y resultados económicos. En los sistemas presidencialistas que son los que tenemos en nuestro continente eso está implícito en los pesos y contrapesos entre el Congreso y el Ejecutivo: la famosa rendición de cuentas horizontal”. Sin embargo, remarcó: “Hay que incorporar a ello la noción de rendición de cuentas vertical, que incorpora dos actores decisivos: los medios de comunicación social y las organizaciones de la sociedad civil. Tener sociedades democráticas vibrantes de alta intensidad son la condición para resultados económicos positivos y por eso el control es imprescindible para una mejor sociedad”.

Por su parte, Martina Cirimele disertó sobre compras y contrataciones en el marco de la emergencia. “La normativa que regula las compras y contrataciones en el marco de la emergencia se ha hecho por decreto con lo cual empezamos con una decisión del Poder Ejecutivo. Se entiende porque es en el marco de la emergencia y había que gestionar de manera rápida y ágil las cuestiones de las compras y contrataciones en el estado, que ya vienen siendo deficientes desde antes”, introdujo y comentó: “Las falencias en materia de compras y contrataciones se arrastran desde hace muchísimo tiempo y generan deficiencias en este sentido y en el sector público”.

En este marco, expresó: “La visión del CIPCE en materia de transparencia, integridad, criminalidad económica y corrupción es amplia. Nosotros consideramos que la corrupción es parte de la criminalidad económica y es una relación negocial en donde se articula tanto del sector público como del privado con lo cual si se ataca solamente a una de las dos patas que implica la corrupción no van a ser eficientes las políticas criminales”.

En cuanto al DNU 287 del 2020, explicó que “ha establecido que la administración pública pueda contratar sin sujeción al reglamento general de compras y contrataciones y a los reglamentos específicos que tiene cada una de las administraciones públicas con lo cual se arma un marco excepcional con riesgos de integridad en el uso de los recursos públicos porque no se sujeta a los controles que tienen los decretos y las reglamentaciones anteriores, se flexibilizan los controles vigentes”. Y planteó: “Uno de los mayores problemas es que no se contrató por un único sistema. Recién se empezó a contratar por un único sistema cuando se dieron cuenta de que realmente estaban abarcando distintos procedimientos y no había manera de monitorear cómo se estaban realizando las contrataciones por todas las reparticiones del Estado”.

Por otro lado, aseveró que “los decretos no tienen mecanismos que minimicen los riesgos de integridad. Se fueron modificando a través de decisiones administrativas pero no hay procedimientos concomitantes a las compras ya las contrataciones que controlen cómo se llevan adelante. Hay controles posteriores que los puede llegar a hacer la Auditoría General de la Nación”. Y concluyó: “Esto es muy importante porque las compras y contrataciones que mueven mucha plata y son los recursos del Estado los que se utilizan para generar estas compras y contrataciones con lo cual los monitoreos y los controles que debieron ejercerse en lugar de flexibilizarse deberían haberse elevado y elevarse los estándares de transparencia”.

Carlos F. Balbín sostuvo: “Deberíamos construir una ley que estableciera cómo es el marco de las contrataciones en la Argentina y lo que advierto es que cada vez degradamos más la ley y construimos el marco regulatorio no con la ley como pieza central, sino con resoluciones dictadas por órganos inferiores. En este contexto, nacen las contrataciones de emergencia”.

En relación con el marco regulatorio aplicado, comentó que “en el contexto del coronavirus el gobierno podría haber recurrido a los capítulos de emergencia que prevé el marco regulatorio ordinario. Sin embargo, el presidente decidió no aplicar ese marco regulatorio ordinario (...). Tengamos presente que en ese marco ordinario le permite al Estado contratar directamente en caso de urgencia o emergencia y que, por tanto, el estado podría haber hecho uso de estas herramientas para llevar adelante las contrataciones en este pedido”.

En esta línea, indicó que “a medida que avanzamos vamos deteniéndonos en una pieza cada vez inferior: de la ley al decreto, del decreto a las decisiones del jefe de gabinete y de las decisiones del jefe de gabinete a las resoluciones ministeriales”. Y añadió que “el jefe de gabinete a través de sus decisiones recompuso ese marco regulatorio, reincorporando los principios generales de la contratación. De modo que si hacemos un análisis comparativo, nos vamos a encontrar, por un lado, un marco ordinario de contratación estatal con piezas excepcionales, contrataciones de urgencias y emergencias y, por el otro lado, un marco que se creó en este contexto específico del coronavirus”.

En cuanto a la devaluación de las normas, desarrolló: “Significa reconocer mucho mayor poder discrecional a los órganos inferiores de la administración pública. Ya no decide el legislador, no decide el presidente con responsabilidad política, sino que deciden órganos interiores”. En esta línea, planteó: “Supone también degradar la regla sustituyéndola por recomendaciones. En el marco de las contrataciones del COVID-19, se puede o no desdoblar las contrataciones que es uno de los puntos críticos en materia de transparencia contractual y la respuesta es que no porque por una recomendación de la oficina anticorrupción pero la recomendación no es una regla. Si yo no cumplo con la recomendación, no existe consecuencia jurídica”.

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