Causas por corrupción
Caso: Menem, Carlos S s/ Omisión maliciosa

Causa
Expte: 
12432/02
Fuero: 
Federal
Jurisdiccion: 
Capital federal
Juzgados: 
Tribunal Oral en lo Criminal Federal 4
Organismos de control: 
OA
Delitos: 
Incumplimiento art 248 CP
Situacion procesal: 
Absuelto
Detalles causa
Monto perjuicio: 
U$S: 
6000000
Etapa proceso: 
Etapa recursiva
Fecha hecho: 
Domingo, 10 Diciembre 2000
El caso

 

El hecho que se le imputa a Carlos Saúl Menem consiste en haber insertado el día 6 de octubre de 2000 declaraciones falsas en su declaración jurada patrimonial integral presentada el 10 de octubre de 2000 ante la Coordinadora de Administración de Recursos Humanos de la Presidencia de la Nación a fin de dar cuenta de su estado patrimonial a esa fecha y con motivo del  cese en su cargo de Presidente de la Nación, accionar en el que incurrió al omitir maliciosamente consignar en los ítems respectivos del citado documento, los bienes que a continuación se detallan, los que a la fecha de presentación del formulario aludido serían de propiedad de Carlos Menem:

-La titularidad de dos cuentas bancarias nacionales del Nuevo Banco de La Riosa, en una de las cuales se registraba un saldo de treinta y cuatro mil ochocientos sesenta y tres pesos con sesenta y siete centavos (34.863,67) al momento de presentar tal declaración jurada (N° 1.100.001/7 en pesos y la Caja de Ahorros N° 1.200.001/0).

-La titularidad de dos aviones ultralivianos matrículas LV U245 (marca Fligstar, modelo Aviastar, serie PB-FSB-041) y LV U043 (marca Dualstar, serie nro. DS 146).

-Doscientas treina y una (231) acciones clase B de la Empresa Telecom Argentina S.A., mil setecientos sesenta y cuatro (1764) acciones clase B de la Empresa Telefónica Argentina S.A. y trescientas treinta y dos (332) acciones de la empresa Telefónica Móviles S.A., depositadas en la Caja de Valores S.A. de la subcuenta comitente nro. 9079431, abierta a su nombre por el depositante HSBC Bank Argentina Custodia.

-La titularidad de dos automóviles: uno marca Renault Traffic, dominio SLR 954 y otro marca Fiat 147 TR 5, dominio F16.292.

-La titularidad de dos inmuebles: unidad funcional nro. 5 ubicada en PB y unidad funcional nro. 23, ubicada en el piso 5to, ambas del edificio sito en Pelagio B Luna y 25 de Mayo, matrícula C14.126 de la Ciudad de La Rioja.

-Depósitos en cuentas bancarias extranjeras de su pertenencia: cuenta abierta a su nombre en el año 1986 en la Unión de Bancos Suizos (UBS), sucursal Ginebra, con un saldo aproximado de u$s 600.000 (dólares seiscientos mil); cuenta abierta a nombre de una sociedad de fantasía del Principado de Liechtenstein, “Red Spark Fundation” o “Spark Fundation” en el año 1995, en la filial Zurich de un establecimiento actualmente bajo el control del Banco de Go tardo, manejada por su ex secretario privado Ramón Hernández, con un saldo estimado de u$s6.000.000 (dólares seis millones).

Estos delitos prevén una pena de prisión de hasta seis años, sin embargo la defensa de Carlos Menem planteó que a trece años de la acusación ya están prescriptos y solicitó el sobreseimiento del imputado. Frente a ello, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 4 desestimó el pedido y ratificó el inicio del juicio oral.

El día 2 de septiembre de 2013, a las 10 am, Carlos Saúl Menem concurrió a la audiencia del juicio oral y público. La fiscalía de juicio estuvo a cargo de Fabiana León y contó con Marcelo Agüero Vera como fiscal coadyudante.

El día 20 de septiembre de 2013, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 4 de Capital Federal resolvió declarar de oficio la prescripción de la acción penal derivada del delito cuya imputación subsistía, previsto en el artículo 268 del Código Penal.

Contra aquella resolución que declaró la nulidad y la prescripción de la acción penal por el delito subsistente, la fiscal de juicio y la parte querellante (Oficina Anticorrupción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos) interpusieron sendos recursos de casación, los cuales fueron concedidos y mantenidos por Javier Augusto De Luca, Fiscal General ante la Cámara de Casación Federal de Casación Penal, a cargo de la Fiscalía N° 4.

En dicha instancia se solicitó que se sortee un tribunal para que se lleve adelante el juicio oral y público que estaba comenzando al momento de la declaración impugnada.

 

Adjuntos

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