En el presente caso se investiga la irregularidad en el otorgamiento de subsidios y en la licitación pública llevada a cabo por el Estado Nacional con el objetivo de rehabilitar la vía Tucumán-Concepción y llevar a cabo obras de infraestructura. En dicha licitación tanto el subsidio como la obra son otorgados a la empresa Belgrano Cargas S.A. El principal imputado de la presente causa es Ricardo Jaime, ex Secretario de Transportes de la Nación, siendo posteriormente imputado Julio De Vido por su responsabilidad en tanto cabeza del Ministerio de Planificación de la Nación y superior jerárquico de dicha secretaría.
La sospecha surge, según la denuncia interpuesta, de que entre el pedido del subsidio y su otorgamiento, sólo transcurrió un día.
Por otro lado Belgrano Cargas recibió un anticipo del 50% del subsidio cuando la práctica habitual de la Secretaría de Transportes era adelantar el 20%. A su vez al momento en que Belgrano Cargas S.A.. eleva las cotizaciones de quienes se presentaron para la realización la de las obras, la menor duplicaba el valor del subsidio originalmente aprobado habiendo pasado entre la licitación y el momento de la elevación sólo 5 meses.
Finalmente se acusa a Jaime de no controlar el destino de los fondos públicos, posibilitando que los mismos fueran desviados por la empresa.
Del dictamen del fiscal Guillermo Marijuan se desprende que:
“Se le endilga a RICARDO RAUL JAIME haber aprobado e impulsado por un interés distinto al de la Administración, el Plan de Obras el mismo día que fue presentado, con un adelanto de fondos injustificado (Resolución ST Nro. 209) y la Licitación Pública consecuente por un monto que excedió el original presentado por la empresa “Belgrano Cargas SA” (Resolución ST. Nro. 877)”.
“Por su parte, se le adjudica al nombrado JAIME haber dispuesto de fondos públicos en mayor medida que la establecida en la Resolución Nro. 877; no haber controlado la aplicación del dinero público a su destino determinado, posibilitando a la empresa “Belgrano Cargas SA” desviara los mismos en su provecho; haber autorizado el pago de facturas cedidas por la empresa “Belgrano Cargas SA” a Zonis por Certificados de Obra Nro. 3, 4 y 5; y haber dado instrucciones a SOE (nota de la Secretaría de Transporte Nro. 542) para realizar un desembolso de dinero de la cuenta CRI con el objetivo de efectuar un pago a Zonis, convalidando el desvío de fondos públicos de la empresa” “Belgrano Cargas SA”.
La causa fue elevada a juicio oral en 2014 tanto para Jaime como para Pedro Ochoa (funcionario de la CNRT), en tanto sobre De Vido pesa el pedido de citación a prestar declaración indagatoria.